Antes del 31 de diciembre, es obligatorio tener activo y actualizado el Buzón Tributario en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que a través de este medio se notifican requerimientos, resoluciones y avisos importantes.
No contar con el Buzón Tributario habilitado puede generar multas que van de 3 mil 850 pesos hasta 11 mil 540 pesos, de acuerdo con los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación (CFF).
¿Quiénes están obligados a habilitar el Buzón Tributario?
- Todas las personas físicas y morales inscritas en el RFC que tengan obligaciones fiscales.
- Quienes hayan emitido o recibido CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales) en los últimos 12 meses, como recibos de nómina o facturas de ingresos.
- Personas que realicen cualquier trámite o procedimiento ante el SAT que requiera tener el Buzón Tributario activo.
¿Cómo habilitar o actualizar el Buzón Tributario?
- Accede al portal del SAT: Ingresa a la página oficial www.sat.gob.mx y da clic en “Accede al SAT” o “Buzón Tributario”.
- Inicia sesión con tu e.firma o CIEC: Utiliza tu Firma Electrónica Avanzada (e.firma) o tu Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC). En caso de no contar con ellas, deberás tramitarlas previamente.
- Selecciona la opción “Habilitar Buzón Tributario”: Una vez dentro de tu perfil, localiza esta opción en el menú principal o en la sección de Servicios y sigue las instrucciones para completar el proceso.



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