Luego del hallazgo de 386 cuerpos en el crematorio Plenitud en esta frontera, el grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano (MC) en el Congreso del Estado propuso incrementar las penas de prisión a quien almacene, oculte, abandone, acumule o retarde la disposición final de los restos.
La reforma al artículo 202 del Código Penal del Estado contempla imponer prisión de cinco a 10 años a quien oculte, destruya o sepulte un cadáver, feto o restos humanos sin la orden de la autoridad que deba darla o sin los requisitos que exijan el Código Civil o las leyes especiales; almacene, oculte, abandone, acumule o retarde injustificadamente su disposición final.
Actualmente la pena prevista es de seis meses a dos años y de 30 a 90 días multa.
Además, se adiciona en el nuevo articulado propuesto para su análisis mañana en el Legislativo estatal, que a quien ejerza funciones funerarias sin la licencia o permiso se le impondría una pena de cinco a 10 años de prisión y de 500 a dos mil días multa, así como la inhabilitación de cinco a 10 años para ejercer actividades relacionadas con la disposición, transporte o resguardo de restos.
Incluso, a quien a sabiendas de la comisión del homicidio doloso y sin haber participado en éste, oculte, traslade, destruya, mutile o sepulte el cadáver o sus restos, para dificultar su identificación o las investigaciones de la autoridad, se le impondrán de 10 a 15 años de prisión.



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