
Se trata de una reforma a la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores para que esta aplique no sólo en espacios públicos, sino también privados.
La iniciativa modifica los artículos 3, 8 y 10 de la ley, destacando la protección a los menores y considerando infracciones a los que conduzcan vehículos y consuman tabaco.»Quien conduzca o tripule un vehículo y consuma cualquier tipo de tabaco dentro del mismo, cuando existan menores de edad», detalla la reforma al Artículo 8.
Sin embargo, la propuesta no precisa sanciones ni multas.
Pese a que no fue presentada por el promovente ante el Pleno, la propuesta fue turnada a comisiones para su análisis, dictaminación y votación.El proyecto también faculta con 180 días para que se reforme el Reglamento de Tránsito para definir las sanciones correspondientes a las personas fumadoras.


Más historias
ARIADNA MONTIEL DEJA LA SECRETARIA DEL BIENESTAR; LETICIA RAMIREZ LA REEMPLAZA
SENADO AUTORIZA EL INGRESO DE CASI UN CENTENAR DE ELEMENTOS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE EU A MEXICO
CAIDA DE ‘EL JARDINERO’ DEJA TRES POSIBLES HEREDEROS DE ‘EL MENCHO’ EN EL CJNG