agosto 9, 2026

CALIBRE800RADIO

EL MEJOR NOTICIARIO DE LA RADIO

SIGUEN LOS ASALTOS DE LA PGR EN CARRETERAS

 La instalación de retenes en carreteras sin condiciones claras de identificación y seguridad puede convertirse en un escenario de vulneración de derechos humanos, especialmente cuando los conductores son sometidos a revisiones sin una justificación aparente, les impiden conocer qué autoridad realiza el operativo o les exigen dinero para poder continuar con su trayecto.

El derecho al libre tránsito y a la seguridad jurídica están entre las principales garantías que pueden verse comprometidas durante este tipo de intervenciones. Aunque determinadas autoridades cuentan con facultades legales para realizar revisiones en carreteras, éstas no son ilimitadas y deben desarrollarse bajo principios de legalidad y respeto a los derechos de las personas, advirtieron abogados.

El tema volvió a cobrar relevancia luego de que circulara en redes sociales un video en el que un trabajador de la industria petrolera, residente de Midland, Texas, denunció haber sido detenido en un supuesto retén cerca de Villa Ahumada, sobre la carretera Panamericana. 

En las imágenes, el conductor cuestiona a quien se presenta como agente de la Fiscalía General de la República (FGR) sobre la autoridad que realiza la revisión. El supuesto elemento responde que pertenece a la Fiscalía, pero se niega a mostrar una placa o identificación cuando el ciudadano la solicita.

Durante el intercambio también puede verse cómo le piden descender del vehículo, responder preguntas y entregar su cartera. El video posteriormente señala que los involucrados habrían sido despojados de una cantidad importante de dinero, aunque las imágenes se interrumpen y no permiten conocer lo ocurrido después.

Más allá de este caso, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) señaló que este tipo de actuaciones pueden analizarse desde la perspectiva de los derechos humanos cuando son contrarias a la legalidad y a la seguridad jurídica.

El organismo indicó que, paralelamente, los hechos pueden investigarse como posibles delitos, dependiendo de las circunstancias y de la clasificación que determine el Ministerio Público. Entre las figuras que podrían considerarse están abuso de autoridad, robo o cohecho. 

La CEDH explicó que cuando una persona considera que fue víctima de una actuación irregular debe establecer qué autoridad participó, ya sea federal, estatal o municipal. Si se trata de una corporación federal, la Comisión Estatal puede recibir la queja de manera supletoria y remitirla a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). También existe la posibilidad de presentar directamente la queja ante la instancia federal.

El abogado Marcelo Valenzuela explicó que el libre tránsito es un derecho que puede verse afectado mediante este tipo de intervenciones y señaló que el artículo 14 constitucional establece que ninguna persona puede ser molestada sin que exista un fundamento legal y una causa que justifique la actuación de la autoridad.

El litigante reconoció que corporaciones como la Policía Estatal y la Guardia Nacional tienen facultades para realizar determinadas revisiones en carretera, pero aclaró que estas atribuciones no significan que puedan intervenir vehículos de manera arbitraria.

A su consideración, uno de los principales riesgos ocurre cuando los retenes son instalados en lugares aislados, donde prácticamente no existe posibilidad de solicitar auxilio. Por ello, consideró que los puntos de revisión oficiales deben ubicarse en lugares donde exista mayor presencia de personas y sea posible identificar claramente a la autoridad responsable.